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Las pieles del jajám turco


Página 62:a - “después que me convierta o después que te conviertas”.


Nuestra mishná indica que cuando un goy le dice a una mujer, “estás mekudeshet para mí una vez que yo me convierta”, sus kidushín no son válidos (enam jalím). Y la razón es que tenemos la regla de en adam makné davar she’ló ba la’olam, y este goy aún no se había convertido en el momento de decir estas palabras.


Según nuestra suguiá esta regla se aplica a cualquier transacción financiera, y uno no podrá venderle a otro (más exactamente: no puede hacer que adquiera –lehaknot) algo que todavía no existe en el mundo, pues el kinián no puede recaer (lajul) sobre algo que aún no existe (Shuljan Aruj, JO”M, 209:4).


No obstante, existen casos en los que a pesar de que el kinián se ha efectuado sobre algo que no existe en el mundo, el vendedor igualmente deberá atenerse a lo acordado en la venta, según lo que explicaremos a continuación.


Dos judíos se presentaron delante del Maharit para un din Torá. Uno era un “jajám” –un comerciante turco– y su compañero un navegante dedicado al transporte de mercancías. Tiempo atrás habían firmado un contrato de venta en donde el “jajám” se comprometía a venderle 400 cueros al navegante. Al final el “jajám” no se atuvo a su palabra, argumentando ante el Maharit que al momento de firmar el contrato la mercancía no existía en el mundo y, siendo así, a él no le competía ninguna obligación de cumplir con la entrega de la mercancía; y, por lo tanto, la venta no sería válida, debido a la regla de que uno no puede adquirir ni lehaknot a otro algo que todavía no existe en el mundo.


Diferencia entre un contrato de venta y un contrato de compromiso: No obstante, el Maharit dictaminó que esta excusa no vale para que este “jajám” pueda evadir su compromiso. Pues se debe diferenciar entre una venta de algo que no existe en el mundo y un compromiso sobre algo que no existe en el mundo: La venta de algo inexistente no recae (ena jala), debido a que el kinián no tiene sobre qué caer.


En cambio, cuando una persona se compromete a suministrarle cierto objeto o mercancía a su compañero, aunque el artículo en cuestión aún no exista, nosotros vemos el compromiso como un compromiso financiero que “toma cuerpo” a través del objeto mismo Y en este caso es obvio que uno puede comprometerse, aunque aquello que se comprometió a dar aún no exista. (ver Ketsot Hajoshen, 203, seif katán 4).

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