Obligación de hacerle tevilá a una copa de plata reparada por un goy
Nuestra suguiá trata el caso de un orfebre que a partir de un trozo de plata hace una bonita copa. Los sabios discrepan acerca de si, como resultado del mejoramiento obrado en el trozo de metal, el orfebre adquiere la copa. En otras palabras: ¿a quién pertenece el valor del mejoramiento “añadido” a este trozo de plata?
Hay quienes opinan que si bien el orfebre mejora con sus manos el trozo de plata y eleva su valor, ello no significa que ahora tiene parte en la propiedad de la copa. No obstante, hay quienes discrepan y dicen que mientras el cliente no pague la mano de obra del orfebre, el valor añadido le pertenece y es propiedad suya. De acuerdo a esto, si una mujer le diera un trozo de plata a un orfebre y éste lo usara para hacer una copa, ésto le servirá para hacerle kidushín a la mujer en caso que desee casarse con ella (ya que parte de la copa es de su propiedad).
Joyero que rompe cadena de oro: El tratado de Baba Kamá (98: b) señala que esta discusión también repercute en cualquier caso en el que un artesano dañe el utensilio que le fue confiado para su reparación. La razón de ésto es como sigue: si decimos que el valor añadido pertenece al artesano, entonces si el objeto desaparece, por ejemplo, el artesano deberá pagarle al propietario sólo lo que el objeto valía en el momento que le fue entregado. No obstante, si decimos que el artesano no adquiere el valor de añadido, entonces, en caso que objeto desaparezca deberá pagarle al propietario lo que el utensilio pasó a valer después de ser reparado. Pues, como ya dijimos, el artesano no participa en la propiedad del objeto, por lo que todo valor añadido pertenecerá al dueño. Los rishonim (Rámbam hiljot sejirut, 10-4; Rif Baba Kama Ibíd., R”I y Rabenu Tam, citados en el Rosh, Smag, asin- 89) también discreparon acerca de éste din.
El Shaj (JO”M, 306:2 seif katán-3) acaba decidiendo que puesto que no hay ninguna decisión para esta la halajá, en este caso corresponde atenerse a la regla de sfeka de’dina (duda en el din). (Habrá que ver caso por caso, ya que las reglas de sefka de’dina, son bastante complejas).
Copa de plata fabricada por un goy: Como sabemos, cuando un judío adquiere un utensilio que planea usar para comer o beber, debe sumergirlo en la mikvé (tevilá). El Shuljan Aruj y el Ramá (YO”D, 120:10) discrepan si lo mismo se aplica a un judío que le entrega un trozo de plata a un goy para hacer de él un utensilio. Según el Shuljan Aruj esta ley no se aplica, por lo que no habrá razón para sumergir este utensilio en la mikvé. El Ramá, en cambio, opina lo contrario e indica que sí hay que hacerle tevilá (sin berajá).Aparentemente esta discusión entre el Shuljan Aruj y el Ramá depende dela discusión de la guemará (acerca de si el artesano adquiere o no una parte del utensilio que estuvo en sus manos).
Si la decisión es que el artesano adquiere una parte de la propiedad del utensilio, entonces éste (el artesano goy) se convierte en socio; y sólo una vez que el judío le pague por su labor podrá adquirir la otra“parte” del utensilio (es decir, la que hasta ahora pertenecía al goy). Y, siendo este el caso, el utensilio deberá ser sumergido en la mikvé.
En cambio, si decimos que el artesano no adquiere ningún derecho de propiedad sobre el utensilio, entonces nunca tuvo parte en la propiedad del mismo. Y, en consecuencia, no hay que necesidad de sumergirlo en la mikvé. No obstante, el Taz (Ibíd., seif katán 12) explica que estas dos discusiones no están conectadas. Según su opinión, el decreto del Shuljan Aruj no surge de esta regla de que el artesano no adquiere ningún porcentaje del utensilio. Pues incluso que digamos que el artesano sí adquiere derecho de propiedad sobre el mismo, el Shuljan Aruj dictaminará que este utensilio no necesita tevilá. Ya que si bien es cierto que añadió valor al utensilio, de ninguna manera ésto podrá ser causa deque ahora el goy tenga parte en el mismo. Pues el utensilio por sí mismo es del judío, y el valor que el goy le añadió no se considera sino un mejoramiento. El Ramá también discrepa con el Taz y dice que cualquier utensilio que ha sido mejorado por un goy requiere tevilá.
Diferencia entre los utensilios de vidrio y los de metal: El Tov Taam Vedaat (tanyana, 181) explica que incluso según la opinión del Shuljan Aruj, esto de que el utensilio no adquiere “el nombre del goy” (es decir, que el goy no adquiere ningún derecho de propiedad sobre el utensilio), es cierto únicamente cuando hablamos de utensilios de metal, donde el goy no cambia la esencia de la materia, sino sólo su forma. En cambio, si el judío le da al goy materia prima (por ejemplo, arena para hacer un utensilio de vidrio) el Shuljan Aruj estará de acuerdo en que el utensilio fabricado va a necesitar tevilá.
Sugerencia para evitarse la tevilá de un utensilio: El Shibolé Haleket (207) ofrece un consejo interesante para evitar tener que hacerle tevilá a un utensilio sobre el que un artesano goy realizó reparaciones, que es pagarle antes de que inicie su labor. Yel razonamiento, que es muy sencillo, es que incluso quien opina que el artesano adquiere cierta propiedad en el utensilio, ello no es sino por el mero hecho de que el valor fue añadido mientras estaba en sus manos; y este valor añadido causa,según la opinión del Ramá, que el goy pase a ser considerado socio. Pero si le pagan de antemano, el goy simplemente nunca ha tenido parte alguna en el utensilio(ver Pené Yehoshúa sobre Guitin 20:a, quien discrepa, no estando de acuerdo con este“truco”).
Entregar un cuchillo a un goy para que lo afile: Es interesante mencionar que el Minjat Ytsjak (Shut cuarta sección, 28-6) señala que si un goy afila un cuchillo, incluso para la opinión del Ramá no habrá necesidad de hacerle tevilá. Y esto, por la simple razón que al afilar un cuchillo no estamos mejorando su calidad, sino más bien su capacidad uso.
Todo depende de la costumbre: Para acabar ese tema veamos la opinión del Jazon Ish (JO”M, likutim, 15), quien sostiene que en un país en donde la legislación no contempla el criterio de que “el artesano adquiere una parte del utensilio” (en cuyo caso será considerado socio), no será necesario lehatbil (sumergir en la mikvé)el utensilio que se le dejó al goy para su reparación, ya que éste sigue las leyes de su país.