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Un testigo que por los efectos de la emoción no consigue expresarse, ¿puede escribir su testimonio?


Página 71:a “Atestiguar es distinto, pues la Torá exigió hablar, y no atestiguar por escrito”

Nuestra sugyiá nos enseña que un mudo no tiene permiso de atestiguar por escrito, pues los testimonios deben ser verbales. Como dice el versículo (Debarim 19:15): “según lo dicho por dos testigos…”. Rabenu Tam (Yebamot 31:b) interpreta diferente el versículo, y dice que la Torá está diciendo que el testigo debe tener la capacidad de atestiguar verbalmente (y no que en la práctica debe hacerlo verbalmente). Según esta opinión, por tanto, alguien normal también puede atestiguar por escrito. No obstante, Rashi (Ibíd.) junto con el Rámbam (hiljot eduth 3:4) discrepan con ésto y dicen que no sólo se le exige al testigo capacidad de habla, sino que además debe dar un testimonio verbal, por lo que al tribunal le estará prohibido aceptar testimonios por escrito (ver Avnei Nezer YO”D 306).

¡Cuidado! ¡Bitul Torá! El Shuljan Aruj (JO”M 28:11) dictamina que el único testimonio legítimo es el verbal. No obstante, en caso que un talmid jajam sea quien debe atestiguar, podemos apoyarnos en la opinión de Rabenu Tam y disminuir la exigencia (lehakel), ¡para que no quitarle tiempo de su estudio! (Baj, Tur 28:15) Testigo emocionado frente al Bet Din: En ocasiones ocurre que el testigo se altera tanto ante el tribunal que ni siquiera puede hablar.

Otras veces puede que padezca problemas de garganta o bronquiales que no le permiten expresarse bien. Hay que aclarar pues, que aunque según la opinión de Rashi y el Rámbam no aceptamos testimonios por escrito, quizá haya diferencia entre escribir el testimonio delante del tribunal y hacerlo fuera del mismo.

Por un lado se puede decir que ya que la meta de un testimonio es la de informar al tribunal, la escritura haría la misma función y sería legítimo escribir un testimonio; o podemos decir que quizá incluso en tales condiciones al testigo se le debe exigir hablar. (Ver Rashba en nuestra sugyiá y la responsa Nodaa Biyehuda mahadura kama JO”M 30).

Los poskim se refieren a esta cuestión con las siguientes palabras: “¿la escritura se considera expresión verbal, o no?”

Escritura de divrei Torá: Esto tiene ramificaciones muy amplias, que conciernen a un número importante de mitzvot mideorayita (ver Peri Megadim, Mishbetsot Zahav, 47:2).Por ejemplo: ¿se debe pronunciar la berajá de la Torá para poder escribir divrei Torá? Si decimos que la escritura “equivale” a la palabra hablada, es evidente que hay que decir la berajá. Pero si decimos que escribir no “equivale” a la palabra hablada, entonces sería permitido escribir divrei Torá sin pronunciar la berajá. Igualmente quien se encuentra en la entrada de un baño público –sitio donde está prohibido hablar de Torá, pero en el que podemos pensar en ella– no sería permitido escribir divrei Torá si consideramos que la escritura es como la palabra hablada.

No obstante, si no consideramos que la escritura es como la palabra hablada, entonces estará permitido escribir divrei Torá frente a la puerta de un baño público. (Shuljan Aruj O”J 47:2 y Taz; ver Sedé Jemed que igual prohíbe escribir divrei Torá en estos sitios por el riesgo de que la escritura lo lleve a que inadvertidamente termine hablando).Contar el número de los judíos: Como es sabido está prohibido contar a losbenei Israel (Yoma 22:b), y así de hecho dictamina el Rámbam (hiljot temidim umusafim 4:4),pues el profeta dice: “no será estimado ni se contará” (Hoshea 2:1). Según el JatamSofer (citado en Ketav Sofer YO”D 106) la escritura sí equivale a la palabra hablada y, por lo tanto, quien cuenta judíos transgrede una prohibición.Colecta para los pobres de Yerushalayim y Tzefat: Uno de los alumnos del Gaón,Rabí Israel Misklov, fundó en Israel una comunidad que continuaba el camino de su maestro. Entre los distintos emprendimientos que asume para consolidarla,elabora una lista de pobres para enviar a los filántropos de Europa.

Estos filántropos le pidieron que junto al nombre de cada familia escriba también el número de miembros de la misma. El pedido despertó controversias, precisamente debido a la prohibición de contar judíos. El asunto terminó llegando hasta el Jatam Sofer(responsa Kovets teshuvot 8), a quien se le consulta si ello estaría permitido.Copiar una cifra de una lista no se considera contar: En su pregunta, Rabí Israel dice que según su opinión no hay ninguna prohibición de hacerlo, pues lo que prohíbe la Torá es contar a las personas mismas y frente a ellas. No obstante, el Jatam Sofer discute el punto, diciendo que la prohibición de contar a Israel rige en cualquier caso. De todos modos, en este caso igual estaría permitido, pues el secretario que escribe los nombres los copia de una lista de la comunidad; y esto no se considera contar, sino copiar.

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